AYUDA
A TU PARROQUIA
Si ha decido realizar alguna aportación económica para el sostenimiento de la Parroquia o donativo a Caritas Parroquial, le informamos que puede deducirse de estas donaciones en su declaración de la renta.
En la renta de 2024 se incrementaron los tipos de deducción aplicables siendo mayor la desgravación según el cuadro, así como el porcentaje de la base liquidable, los primeros 250 € el 80 % el resto segun
Las cantidades donadas
o satisfechas a las entidades e instituciones previstas en la Ley 49/2002 que
se destinen a la realización y desarrollo de actividades y programas
prioritarios de mecenazgo, tendrán derecho a una deducción de:
Base de la deducción, importe hasta |
Porcentaje de la deducción |
Hasta 250 euros |
80 % |
Resto base de deducción |
40% No recurrente 45% Recurrente |
Límite
La base de la
deducción de estos donativos, no podrá exceder del 15 por 100 de la base
liquidable.
Cumplimentación
Deberá reflejar el importe de las cantidades donadas en la casilla "G" del Anexo A.1 de la declaración.